Verifactu 2026: la nueva factura electrónica obligatoria
Verifactu cambia la forma de facturar en España. Autónomos, PYMES y sociedades deben adaptarse antes del 1 de julio de 2026 (obligados) o 2027 (resto). Aquí tienes todo lo que necesitas para no llegar tarde.
¿Qué es Verifactu?
¿A quién afecta?
¿Cómo te afecta si ya usas un programa de facturación?
Opciones para cumplir con Verifactu
Plantilla de factura compatible con Verifactu
El marco normativo detrás de Verifactu 2026
Para entender qué obliga exactamente Verifactu y por qué, hay que partir de tres textos legales que se encadenan:
- Ley 11/2021 de Medidas de Prevención del Fraude Fiscal: prohíbe el llamado «software de doble uso» o programas que permitan llevar contabilidades ocultas, eliminar transacciones o alterar los registros de facturación sin dejar rastro. Esta ley sanciona directamente a las empresas que vendan o usen ese tipo de software.
- Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre: desarrolla reglamentariamente la ley anterior. Fija los requisitos técnicos que debe cumplir cualquier sistema informático de facturación (SIF): integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad. También regula el sistema Verifactu como modalidad de envío a la AEAT.
- Orden HAC/1177/2024: publicada en octubre de 2024, especifica los formatos técnicos de los registros, el contenido mínimo de cada bloque de datos y las especificaciones del código QR que debe aparecer en cada factura.
Resumen en una frase: La Ley Antifraude pone el objetivo; el RD 1007/2023 diseña el instrumento; la Orden de 2024 fija los tornillos. Si tu software cumple el RD y la Orden, cumple la ley.
Hay que tener claro un punto importante que genera bastante confusión: Verifactu y la factura electrónica B2B obligatoria (Ley Crea y Crece, Ley 18/2022) son normas distintas con calendarios distintos. La primera regula el sistema informático de facturación. La segunda regula el formato de la factura que se intercambia con otros empresarios. Ambas van a convivir, y ambas afectarán a la mayoría de autónomos y PYMES a lo largo de 2026 y 2027. Si tu asesor solo te ha hablado de una, pide información sobre la otra.
Calendario de obligatoriedad Verifactu: fechas clave 2026 y 2027
El RD 1007/2023 establece dos fechas de entrada en vigor que dependen de la forma jurídica del contribuyente:
| Tipo de contribuyente | Fecha obligatoria | Base legal |
|---|---|---|
| Sociedades mercantiles (sujetos del IS) | 1 de julio de 2026 | RD 1007/2023, disp. final 1ª |
| Autónomos (personas físicas empresarios) | 1 de julio de 2027 | RD 1007/2023, disp. final 1ª |
| Profesionales (IRPF, módulos) | 1 de julio de 2027 | RD 1007/2023, disp. final 1ª |
| Territorios forales (País Vasco y Navarra) | TicketBAI propio (ya vigente o próximo) | Normativa foral propia |
| Grandes empresas (facturación > 6 M € SII) | Ya en SII; adaptación Verifactu según su sistema | Consultar con gestor fiscal |
Ojo con el plazo real: la fecha del 1 de julio de 2026 ya está aquí. Si eres una sociedad y aún no has adaptado tu software, estás en incumplimiento. Contacta con tu asesor fiscal hoy mismo.
Existe también un periodo de adaptación para los fabricantes de software. Los proveedores de sistemas informáticos de facturación tuvieron hasta el 1 de julio de 2025 para certificar sus productos. La mayoría de los SaaS relevantes ya completaron esa certificación. Si tu proveedor no lo ha hecho, considera cambiar de herramienta antes de que Hacienda empiece a cruzar datos.
Requisitos técnicos que debe cumplir tu software de facturación
El RD 1007/2023 no exige un software concreto, pero sí impone unas características mínimas que el sistema informático de facturación (SIF) debe garantizar. Estos son los seis pilares:
1. Integridad
Cada registro de factura debe quedar protegido mediante firma electrónica o hash encadenado. Una vez emitida, la factura no puede modificarse sin que quede constancia técnica del cambio.
2. Conservación
El sistema debe conservar todos los registros durante el tiempo que marca la normativa tributaria (generalmente 4 años, extendibles según el caso). No se pueden borrar facturas del historial.
3. Accesibilidad
Hacienda puede solicitar en cualquier momento el acceso a los registros. El sistema debe permitir su exportación en los formatos específicados (XML con estructura VERI*FACTU).
4. Legibilidad
Los registros deben poder leerse sin necesidad de software propietario adicional. El formato XML está pensado para ser procesable por la AEAT de manera automática.
5. Trazabilidad
Cada registro incluye un identificador único y la referencia al registro anterior (hash encadenado). Esto permite a Hacienda detectar huecos en la numeración o registros eliminados.
6. Inalterabilidad
El software no puede incluir funciones ocultas que permitan alterar, ocultar o duplicar registros sin dejar huella auditora. Esto es lo que la Ley Antifraude llama prohibición del «software de doble uso».
El código QR obligatorio en cada factura
Desde la entrada en vigor, cada factura emitida debe llevar un código QR generado por el software y que enlaza con la sede electrónica de la AEAT. Cualquier persona (el propio emisor, el receptor o un tercero) puede escanear ese QR y comprobar que esa factura figura en los registros de Hacienda. Es el mecanismo de verificación que da nombre al sistema: Verifactu = verificar factura.
El QR contiene la huella digital del registro (hash), el NIF del emisor, el número de factura y el importe. Ese enlace apunta a la búsqueda pública de la AEAT, donde cualquiera puede confirmar la autenticidad del documento.
Modalidad Verifactu vs. modalidad no-Verifactu
El reglamento distingue dos formas de cumplir:
| Característica | Modalidad Verifactu | Modalidad no-Verifactu |
|---|---|---|
| Envío a AEAT | En tiempo real o casi (tras cada factura) | No se envía; se almacena localmente |
| QR en factura | Sí, verificable online por receptor | Sí, pero no verifica contra AEAT en tiempo real |
| Disponibilidad de datos para AEAT | Inmediata | Bajo requerimiento o inspección |
| Ventaja principal | Mayor confianza con clientes B2B | Sin dependencia de conectividad online |
| ¿Cumple la ley? | Sí | Sí, si el software está certificado |
Para la mayoría de autónomos y pymes pequeñas que trabajan con internet, la modalidad Verifactu con envío automático es la más sencilla de gestionar. Los SaaS en la nube (Holded, Quipu, Anfix) suelen operar en esta modalidad por defecto.
Software homologado Verifactu: comparativa 2026
No existe un «sello oficial Verifactu» expedido por la AEAT como si fuera un certificado. Lo que existe es una declaración responsable del fabricante, comprobable por Hacienda en cualquier inspección. Los principales proveedores que ya han adaptado sus sistemas son:
| Software | Tipo | Precio orientativo (2026) | Modalidad |
|---|---|---|---|
| Holded | SaaS ERP/facturación | Desde 29 €/mes | Verifactu (tiempo real) |
| Quipu | SaaS autónomos/pymes | Desde 14,95 €/mes | Verifactu (tiempo real) |
| Anfix | SaaS contabilidad+facturación | Desde 19 €/mes | Verifactu (tiempo real) |
| Contasimple | SaaS autónomos | Desde 0 €/mes (plan básico) | Verifactu (tiempo real) |
| Sage 50 | Escritorio/SaaS híbrido | Desde 50 €/mes | Verifactu + no-Verifactu |
| ContaSOL / Factusol | Escritorio (gratuito en versión base) | 0 € (módulo Verifactu gratuito) | Verifactu (tiempo real) |
| Portal AEAT (sede electrónica) | Público y gratuito | 0 € | Verifactu (manual) |
Opción gratuita para autónomos con pocas facturas: La AEAT ofrece en su sede electrónica un formulario para registrar facturas manualmente. Es válido legalmente, aunque implica un proceso más lento si emites más de 10-15 facturas al mes. ContaSOL y Factusol son también una alternativa gratuita de escritorio que ya tiene el módulo Verifactu sin coste adicional.
Antes de contratar cualquier software, comprueba dos cosas en la web del fabricante: (1) que menciona expresamente el RD 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024, y (2) que especifica si opera en modalidad Verifactu o no-Verifactu. Cualquier duda, trasládala a tu asesor fiscal o gestor administrativo.
Sanciones por incumplir Verifactu 2026
La Ley 11/2021 de Antifraude modificó la Ley General Tributaria (Ley 58/2003) para incluir un régimen sancionador específico para el uso de software que no cumpla los requisitos. Las sanciones se dividen en dos bloques:
Sanciones a los fabricantes de software
Los productores o comercializadores de software de doble uso que permita alterar registros de facturación se exponen a multas de hasta 150.000 euros por ejercicio fiscal en que se haya producido la venta o comercialización del programa infractor.
Sanciones a los usuarios (empresas y autónomos)
Si como empresario o profesional usas software que no cumple Verifactu (bien porque no está adaptado, bien porque deliberadamente alteras registros), las sanciones son:
| Infracción | Sanción mínima | Sanción máxima |
|---|---|---|
| Uso de software no certificado (sin intención demostrada de fraude) | 1.000 € | 50.000 € por ejercicio |
| Alteración de registros con perímetro de defraudación | Sancionable además por fraude fiscal | Hasta el doble de la cuota defraudada |
| Falta de aportación de registros en inspección | 150 € por dato omitido | Hasta el 2% de la cifra de negocios |
Aviso legal: las cifras recogidas aquí son las establecidas en la Ley 11/2021 y la LGT modificada. La cuantía exacta de cualquier sanción depende de las circunstancias del caso concreto, la graduación por reincidencia y las reducciones por conformidad. Consulta siempre con un asesor fiscal o abogado tributarista antes de tomar cualquier decisión.
Hay que remarcar que el riesgo no es solo económico. Desde el 1 de julio de 2026, cualquier cliente de una sociedad puede escanear el QR de su factura. Si la factura no aparece verificada en la web de la AEAT, el cliente tendrá motivos para desconfiar de la empresa. Eso genera un riesgo reputacional real en relaciones B2B, especialmente en sectores donde la auditoría interna del cliente ya exige proveedores con facturación conforme.
Cómo adaptarte a Verifactu paso a paso
Si eres sociedad (obligado desde el 1-7-2026) y aún no has movido ficha, lo primero es no entrar en pánico y seguir estos pasos con orden:
Audita tu sistema de facturación actual
Identifica qué herramienta usas hoy: Excel, Word, un SaaS, un ERP instalado… Anota el nombre y versión exacta. Luego visita la web del fabricante y busca información sobre su adaptación al RD 1007/2023.
Consulta con tu asesor fiscal o gestor administrativo
Tu gestor ya conoce tu situación concreta (tipo de contribuyente, volumen de facturas, sector). Que te confirme si ya eres sujeto obligado y qué software recomienda para tu caso.
Elige y activa el software Verifactu
Si tu SaaS actual ya está adaptado, activa la opción Verifactu en ajustes (suele ser un botón o un parámetro). Si necesitas cambiar de herramienta, haz una prueba gratuita antes de contratar. Recuerda que ContaSOL/Factusol son opciones sin coste adicional.
Emite una factura de prueba y verifica el QR
Antes de emitir facturas reales, genera una de prueba, escanea el QR y comprueba que aparece en la sede de la AEAT. Eso te confirma que el sistema está funcionando correctamente de punta a punta.
Actualiza tus plantillas de factura
Si usas plantillas propias o las compartes con empleados, asegúrate de que los campos obligatorios del RD 1007/2023 están todos presentes. Puedes descargar nuestra plantilla compatible como referencia de campos mínimos.
Forma a tu equipo administrativo
Si tienes personal que gestiona la facturación, asegúrate de que entienden los cambios: ya no se puede modificar una factura emitida sin trazar el cambio, y no se pueden eliminar registros del historial.
Para autónomos con la fecha de julio de 2027 en el horizonte, el consejo es el mismo pero con menos urgencia: aprovecha estos doce meses para migrar con calma, comparar opciones y elegir sin presión. El mayor error es esperar al último mes, cuando los proveedores de software y los gestores estarán saturados.
Verifactu, TicketBAI y factura electrónica B2B: diferencias clave
Uno de los puntos que más confusión genera es distinguir Verifactu de los otros dos sistemas con los que coincide en el tiempo. Aquí va un resumen directo:
| Sistema | ¿Quién lo regula? | ¿Dónde aplica? | ¿Desde cuándo? | ¿Qué regula? |
|---|---|---|---|---|
| Verifactu | AEAT (territorio común) | España exc. PV y Navarra | 2026 (IS) / 2027 (resto) | El software de facturación |
| TicketBAI | Haciendas forales (PV + Navarra) | País Vasco y Navarra | 2020-2024 (ya vigente) | El software de facturación |
| Factura electrónica B2B | Estado (Ley Crea y Crece) | Todo el territorio nacional | 2025-2027 (escalonado) | El formato del documento factura |
La confusión habitual surge porque muchos proveedores de software venden su adaptación a Verifactu y a la factura electrónica B2B dentro del mismo paquete. Eso es cómodo, pero conviene saber que son dos exigencias legales distintas con bases normativas propias.
Si tienes actividad en el País Vasco o Navarra y también en territorio común, tu software necesitará manejar ambos sistemas. Es un caso relativamente frecuente en empresas con sedes en varias comunidades autónomas.
Checklist Verifactu para autónomos: 12 puntos antes del 1 de julio de 2027
Si eres autónomo, tienes hasta el 1 de julio de 2027. Pero usar ese tiempo de forma inteligente marca la diferencia entre adaptarte con calma o correr al último momento. Repasa esta lista con tu gestor:
- Confirmé con mi gestor que soy sujeto obligado a Verifactu (y no solo TicketBAI por domicilio foral).
- Sé qué software de facturación uso actualmente y conozco su nombre y versión.
- He comprobado en la web del fabricante que está adaptado al RD 1007/2023.
- He activado o tengo previsto activar la opción Verifactu en mi software antes del 1-7-2027.
- Si uso Excel o Word, he buscado un sustituto compatible y evalúo migrar antes del plazo.
- Conozco la diferencia entre modalidad Verifactu (envío automático) y no-Verifactu (registro local).
- He comprobado que mis facturas incluyen todos los campos obligatorios del RD 1007/2023.
- He hecho una factura de prueba y escaneado el QR para confirmar que aparece en la sede de la AEAT.
- Sé que no puedo eliminar facturas del historial una vez emitidas (solo anular con nota de abono).
- He revisado si mis clientes B2B ya exigen facturas verificadas Verifactu en sus condiciones de proveedor.
- Conozco que Verifactu y la factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece) son normativas distintas.
- He guardado en un lugar accesible la documentación de mi software que acredita su conformidad con el RD.
Puedes descargar esta lista en formato imprimible junto con la página de checklist para autónomos.
Preguntas frecuentes sobre Verifactu 2026
Aviso: La información aquí publicada es orientativa y está actualizada a 2026-07-01. La normativa Verifactu puede sufrir modificaciones; consulta siempre con tu asesor fiscal o con la AEAT antes de tomar decisiones técnicas o legales.
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