Cómo hacer facturas correctamente en 2026: la guía honesta que necesitabas (autónomos y pymes)

Me hice autónomo en marzo de 2017. Llevaba dos meses trabajando de freelance cuando le envié la primera factura a mi cliente. La hice en Word, con un logo medio borroso pegado arriba, sin numerar, sin retención del IRPF, sin desglose claro de IVA. El cliente me pagó. Y yo me quedé tan contento. Cuatro meses después, en mi primera declaración trimestral con la asesoría, me dijeron que me iba a comer una sanción si Hacienda decidía mirar esa factura. Mi cara fue un poema.

Han pasado nueve años, he facturado a más de doscientos clientes diferentes, he visto cómo cambiaba la normativa varias veces (la última con la entrada en vigor de la facturación electrónica obligatoria en 2026) y he hecho de todo: facturas perfectas, facturas con errores absurdos, facturas que tuve que rehacer dos meses después. Lo que te voy a contar aquí es la suma de esa experiencia. Si nunca has emitido una factura o si sospechas que las que haces tienen flecos, vas a salir de aquí con la información que necesitas y con plantillas listas para usar.

Esta guía sirve tanto si eres autónomo arrancando como si eres pyme con varios empleados. Hay particularidades para cada caso y te las marco claras.

"Una factura no es un papel que entregas porque sí. Es un documento legal con efectos fiscales. Cualquier error te puede costar la deducción del gasto al cliente y una sanción a ti."

Lo que vas a aprender aquí

Los datos obligatorios que toda factura tiene que llevar

Esto está regulado en el Real Decreto 1619/2012 y modificaciones posteriores. No es opcional. Si falta cualquiera de estos elementos, tu factura no es válida fiscalmente.

Número y serie de factura

Cada factura tiene que tener un número único, correlativo, sin saltos. Puedes usar series (A2026-001, A2026-002...) o numeración corrida (1, 2, 3, 4). Lo que no puedes hacer es emitir la factura 5 sin haber emitido la 4. Ni dejar números sin usar. Si anulas una factura, tienes que emitir una rectificativa, no saltarte el número.

Fecha de emisión

El día en que generas la factura. No el día en que prestaste el servicio (aunque pueden coincidir). Esta fecha determina el trimestre de IVA en el que la declaras.

Fecha de operación (si difiere de la emisión)

Si haces un trabajo en septiembre pero facturas en octubre, tienes que indicar también la fecha de operación. Esto es importante porque marca cuándo se entiende prestado el servicio.

Datos completos del emisor

Tu nombre o razón social, NIF/CIF, dirección fiscal completa. Los datos exactos que aparecen en tu modelo 037 o 036 (alta de actividad).

Datos completos del receptor

Igual: nombre o razón social del cliente, NIF, dirección. Si el cliente es particular (consumidor final), no es necesario el NIF salvo que él lo solicite. Si es empresa o autónomo, obligatorio.

Descripción detallada de la operación

"Servicios prestados" no vale. Tienes que poner qué hiciste exactamente: "Diseño y maquetación de catálogo de 24 páginas para campaña de invierno 2026". Cuanto más concreto, más fácil para tu cliente justificar el gasto.

Base imponible

El importe del servicio o producto antes de impuestos.

Tipo y cuota de IVA

El porcentaje aplicado (general 21%, reducido 10%, superreducido 4%) y el importe que sale al aplicarlo a la base. Si tu actividad está exenta de IVA (formación reglada, sanidad, ciertos servicios financieros), tienes que indicar el artículo concreto de la ley que lo justifica.

Tipo y cuota de retención del IRPF (si aplica)

Si emites factura a empresa o autónomo y haces servicios profesionales, aplica retención (7% los dos primeros años de actividad, 15% después). Si facturas a particular, no hay retención.

Total a pagar

La suma de base imponible más IVA menos retención de IRPF.

Cómo calcular el IVA y la retención: el ejemplo que se entiende

Aquí es donde la gente se lía. Voy a hacerlo paso a paso con cifras reales.

Pongamos que has hecho un trabajo de consultoría para un cliente que es una empresa. Acordasteis 1.000 euros. Eres autónomo con más de dos años de antigüedad (retención 15%). IVA general (21%).

Paso uno: base imponible

1.000 euros (lo que cobras por el servicio en sí).

Paso dos: añadir IVA

1.000 x 0,21 = 210 euros de IVA. Subtotal: 1.000 + 210 = 1.210 euros.

Paso tres: restar retención de IRPF

1.000 x 0,15 = 150 euros de retención. (Ojo: la retención se calcula sobre la base imponible, no sobre el total con IVA.) Total a cobrar: 1.210 - 150 = 1.060 euros.

Resumen del cobro

El cliente te transfiere 1.060 euros. De esos, 210 son IVA que tú vas a ingresar en Hacienda en tu próxima declaración trimestral (modelo 303). Y los 150 de retención los ha ingresado tu cliente en Hacienda a tu nombre (los recuperarás en tu declaración anual de IRPF, modelo 100). Lo que de verdad es tu ingreso son los 1.000 euros base, sobre los que después tributarás según tus ingresos totales del año.

Tabla comparativa 2026: programas de facturación para autónomos y pymes

Programa Precio mensual Facturas ilimitadas Veri*factu / facturación electrónica Para quién está pensado
Holded 14-49 € (según plan) Sí, certificado Pymes con varios empleados
Quipu 11-25 € Sí, certificado Autónomos y micropymes
FacturaScripts Gratis (open source) / 10 € hosting En desarrollo Quien quiere control técnico
Anfix 9-29 € Autónomos con asesoría externa
Factura Directa Gratis hasta 10 facturas/mes / 9-19 € En plan de pago Autónomos que arrancan
FacturaScripts en local 0 € Adaptable Técnicos / empresas con servidor propio
Excel/Word con plantilla 0 € Sí (manual) No cumple a partir de 2026 Hasta 2025 sirvió. Ya no.

Mi recomendación según situación

Si arrancas como autónomo y vas a facturar menos de 30.000 euros al año: Quipu o Anfix, son sencillos, baratos y cumplen normativa 2026. Si eres pyme con varios empleados y necesitas también CRM y proyectos: Holded. Si te gusta el código abierto y tienes capacidad técnica: FacturaScripts.

Y olvídate de Excel y Word a partir de 2026. La obligación de facturación electrónica y el sistema Veri*factu (la conexión directa con Hacienda para validar facturas en tiempo real) hacen inviable seguir con plantillas caseras a partir de este año.

Facturación electrónica obligatoria 2026: qué te afecta

Esto es lo más importante que ha pasado en facturación en años. Y muchísima gente sigue sin enterarse. Te lo cuento claro.

Veri*factu (entrada en vigor escalonada en 2026)

Sistema de Hacienda que exige que todas las facturas emitidas se reporten automáticamente a la Agencia Tributaria en el momento de emisión o muy poco después. Esto implica:

Esto se aplica de forma obligatoria a sociedades desde el 1 de julio de 2025 (ya en vigor) y a autónomos a partir de julio de 2026. Si todavía emites facturas con Word, te quedan meses para cambiar.

Factura electrónica B2B

Diferente del Veri*factu pero relacionado. Es la obligación de emitir facturas en formato electrónico estructurado (no PDF simple) cuando facturas a otra empresa. Está aprobada por la Ley Crea y Crece y entra en vigor por fases: primero para grandes empresas, luego para todas. Pendiente de desarrollo reglamentario, pero la entrada masiva se espera durante 2026-2027.

Mi consejo: si estás eligiendo programa de facturación nuevo este año, asegúrate de que cumple tanto Veri*factu como Factura Electrónica B2B. Es una pregunta directa que tienes que hacer al proveedor.

Tipos de factura y cuándo usar cada una

Factura ordinaria

La de toda la vida. La que usas en el 95% de los casos. Lleva todos los datos del emisor y receptor, base imponible, IVA, retenciones si aplican.

Factura simplificada

Sustituye al antiguo ticket. Puedes usarla cuando el importe es inferior a 400 euros (IVA incluido), siempre que el cliente no sea otra empresa. Bares, comercios, etc. Lleva menos datos: identificación del emisor, fecha, descripción y total.

Factura rectificativa

Para corregir una factura ya emitida. Lleva número propio dentro de una serie específica (R-2026-01, R-2026-02...) y referencia a la factura original que rectifica. Puede ser para corregir importes, datos del cliente o anular completamente una factura emitida por error.

Factura recapitulativa

Cuando haces varias operaciones a un mismo cliente en un periodo determinado y emites una sola factura mensual. Habitual con clientes recurrentes. Requiere autorización previa o acuerdo explícito.

Factura proforma

NO es una factura. Es un documento previo que envías al cliente para que vea el importe antes de confirmar. No tiene validez fiscal. No la numeras con la serie habitual. Cuando el cliente acepta, emites la factura ordinaria de verdad.

Persona revisando documentos de facturación en un escritorio

Numeración correlativa: el error que comete el 30% de los autónomos

Lo veo constantemente. La gente empieza el año bien, con facturas 1, 2, 3, 4. Luego un cliente se anula y pasan de la 7 a la 9 sin emitir la 8. O resulta que en mayo se les ocurre numerar con otra serie a la mitad y mezclan. O peor: emiten una factura "atrasada" con número antiguo cuando ya van por el 20.

Esto está prohibido. Las facturas tienen que ser correlativas dentro de cada serie. Si te equivocas, no se borra: se rectifica con factura rectificativa.

Reglas de oro de la numeración

"Llevé tres años sin numerar correctamente. Una inspección de Hacienda me pilló y la sanción fue de 600 euros. Lo arreglé en una hora con software de facturación. Lo que me habría ahorrado años antes."

Plantilla básica: cómo es una factura bien hecha

Te lo dejo aquí como referencia. Si vas a usar plantilla por necesidad puntual durante este año (recuerda, a partir de julio 2026 hace falta programa homologado), copia esta estructura.

FACTURA Nº: 2026-001

Fecha de emisión: 22 de mayo de 2026
Fecha de operación: 15 de mayo de 2026

Emisor:
[Nombre y apellidos o razón social]
NIF: [tu NIF]
Dirección fiscal completa
Email y teléfono de contacto

Cliente:
[Nombre del cliente o razón social]
NIF: [NIF del cliente]
Dirección fiscal completa

Concepto:
Servicios de consultoría estratégica para proyecto de relanzamiento de marca, fase uno, según presupuesto aceptado el 10 de abril de 2026.

Concepto Importe
Base imponible1.500,00 €
IVA 21%315,00 €
Subtotal1.815,00 €
Retención IRPF 15%-225,00 €
Total a pagar1.590,00 €

Forma de pago: Transferencia bancaria a IBAN [tu IBAN], en un plazo de 30 días desde la fecha de la factura.

Errores frecuentes que cuestan dinero

No incluir retención cuando toca

Si facturas a empresa o autónomo y eres profesional, aplica retención del 15% (o 7% en los primeros dos años). Si te olvidas, el cliente no la retiene y luego, cuando hagas tu declaración de IRPF, no la podrás restar. Pagas más impuestos.

Aplicar mal el tipo de IVA

Cada actividad tiene su tipo. Si eres profesional liberal: 21%. Si vendes alimentos básicos: 4%. Si haces transporte de viajeros: 10%. Si eres formador reglado: exento. Equivocarse de tipo es lo más habitual y de las cosas que más sanciones genera. Si tienes dudas, pregunta a tu asesor antes de la primera factura.

Facturar sin estar dado de alta en Hacienda

Es ilegal y problemático. Para emitir facturas tienes que estar dado de alta en el censo de empresarios (modelo 036/037) y en Seguridad Social como autónomo. Sin esos dos requisitos, tus facturas son irregulares y tu cliente no las puede deducir.

Numerar con saltos o duplicar números

Ya lo hemos visto. Multa probable si hay inspección.

Facturar fuera de plazo

La factura tiene que emitirse en un plazo razonable desde la prestación del servicio (máximo el día 16 del mes siguiente si el cliente es empresa). Esperar tres meses para facturar es problemático.

No guardar copia durante seis años

Por ley, tienes que conservar todas las facturas emitidas durante seis años. En papel o electrónicamente. Hacienda puede pedírtelas en cualquier momento de ese periodo.

Cobros y morosidad: lo que también es parte de facturar

Emitir factura es una cosa. Cobrarla es otra. Y en mi experiencia, gran parte del tiempo de un autónomo se va en gestionar cobros que se retrasan o no llegan.

Plazos legales de pago

La Ley 15/2010 marca plazos máximos: 60 días naturales entre empresas, 30 días si es operación con administración pública. Reducidos a 30 y 30 respectivamente desde 2022 con la Ley Crea y Crece. Si te pagan más tarde, tienes derecho a intereses de demora y a indemnización de costes de recobro.

Cómo redactar condiciones de pago

En tus facturas y presupuestos siempre indica plazo de pago, forma de pago y consecuencias de retraso. Por ejemplo: "Pago a 30 días fecha factura mediante transferencia bancaria. Pasados 30 días sin pago, se aplicarán intereses de demora según Ley 15/2010".

Recordatorios y reclamación

A los 35-40 días sin cobro: WhatsApp o email amable de recordatorio. A los 50 días: email con copia de factura y mención al vencimiento. A los 60 días: burofax con acuse de recibo. Por debajo de 600 euros, suele compensar reclamar por proceso monitorio (juzgado), económico y rápido.

Cuándo cortar el servicio

Si trabajas con cliente recurrente que te debe dos facturas, no le emitas la tercera. Es tu derecho. Las relaciones comerciales se respetan en las dos direcciones.

Confirming y factoring

Si trabajas con cliente solvente que tarda en pagar pero te lo confirma, puedes adelantar el cobro vía factoring (cesión de la factura a un banco que te paga al instante con descuento). Coste: entre 1% y 3% del importe. Útil para liquidez en periodos complicados.

Aspectos fiscales: lo que pagas y lo que recuperas

El IVA repercutido

El IVA que cobras a tus clientes no es tuyo. Es de Hacienda. Tú actúas de recaudador. Cada trimestre, en el modelo 303, declaras IVA repercutido (el que cobraste) menos IVA soportado (el que pagaste en compras profesionales) y la diferencia la ingresas (o te la devuelven si es negativa).

La retención del IRPF

El IRPF que tu cliente te retiene es un anticipo a tu nombre. Lo recuperas (o ajustas) en tu declaración anual de IRPF. Si has tenido pérdidas o gastos altos, puede que te devuelvan parte. Si has ganado mucho, tendrás que pagar más.

Gastos deducibles

Todo gasto necesario y afectado a tu actividad es deducible: alquiler de oficina, suministros (proporcional a la parte profesional si trabajas en casa), material, software, asesoría, dietas con clientes, viajes profesionales, formación. Cuidado: tienen que tener factura a tu nombre y justificación clara.

Modelos trimestrales

Modelo 303 (IVA), modelo 130 (pagos a cuenta IRPF si eres estimación directa y no llegas a tener todas las retenciones), modelo 111 (retenciones de IRPF a profesionales que te facturen a ti), modelo 115 (retenciones de alquiler si arriendas local). Cumplir plazos es básico para evitar recargos.

Preguntas frecuentes que la gente me hace

¿Tengo que numerar las facturas siguiendo el año en curso?

No es obligatorio reiniciar al uno en enero, pero es la práctica más extendida porque ayuda a llevar el orden. Lo que sí es obligatorio es la correlatividad dentro de cada serie.

¿Qué pasa si me equivoco en una factura ya enviada?

Emites factura rectificativa con serie propia y nuevo número, indicando los datos correctos y referenciando la factura original. No se borra ni se modifica la primera.

¿Puedo facturar a un particular sin que me dé el NIF?

Sí. Para particulares (consumidores finales) no es obligatorio incluir su NIF, salvo que ellos te lo soliciten. Para empresas y autónomos, obligatorio siempre.

¿Cuánto puedo facturar antes de tener que darme de alta como autónomo?

Esta es la pregunta del millón. Legalmente, para emitir facturas tienes que estar dado de alta. Hay un debate sobre si los ingresos por debajo del SMI eximen, pero la Tesorería General lo viene rechazando. Si vas a emitir facturas con cierta regularidad, mejor darse de alta. La "tarifa plana" de autónomos es accesible los primeros años.

¿Cómo factura un autónomo a una empresa de otro país de la UE?

Sin IVA español si la empresa está dada de alta en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios), aplicando inversión del sujeto pasivo. Hay que indicarlo expresamente en la factura. Y declarar en el modelo 349. Pide ayuda a tu asesor la primera vez.

¿Y a un cliente fuera de la UE?

Sin IVA español (exportación de servicios o bienes). Sin retención. Indicar en la factura "Operación no sujeta a IVA por art. 22 LIVA" (o el artículo concreto que aplique).

¿Tiene que llevar la factura mi logo?

No es obligatorio. Es estético. Lo que sí da imagen profesional. Pero una factura sin logo es perfectamente válida.

¿Puedo enviar facturas por WhatsApp?

Sí, en PDF, no hay problema legal en el medio de envío. Eso sí, a partir de la entrada de facturación electrónica B2B obligatoria, tendrá que ser en formato estructurado por canal definido (Facturae u otros formatos compatibles).

¿Es obligatorio el código QR en mis facturas?

Sí, una vez que entres en Veri*factu. El código QR identifica unívocamente la factura ante Hacienda. Tu programa de facturación lo genera automáticamente.

¿Y si trabajo con un asesor, hace falta que sepa todo esto?

Sí, porque tú eres quien firma las facturas. El asesor te ayuda a declarar, pero la responsabilidad legal de los datos en la factura es tuya. Conocer las reglas básicas evita muchos sustos.

Casos especiales de facturación que te vas a encontrar

La facturación básica la entiende cualquiera con un par de tardes de estudio. Pero hay situaciones reales del día a día que generan dudas constantes. Te las cuento.

Factura a una asociación o entidad sin ánimo de lucro

Asociaciones, ONG, federaciones deportivas, AMPA de colegios. Funcionan como empresa a efectos de facturación. Pides CIF, aplicas IVA normal (excepto si la entidad está exenta por su tipo de actividad), y aplicas retención de IRPF si es procedente. La única peculiaridad: el IVA suelen necesitarlo desglosado para sus justificaciones contables.

Factura a Administración Pública

Ayuntamientos, comunidades autónomas, ministerios. Aquí cambian las reglas. Es obligatorio usar el sistema FACe (Facturación Electrónica de Administraciones) para facturas superiores a 5.000 euros. Y el formato es Facturae, que solo lo generan programas homologados. Si vas a trabajar con administración, tu software tiene que tenerlo integrado.

Facturación recurrente mensual

Si tu cliente te paga una iguala mensual, puedes emitir factura mensual con su número correlativo o factura recapitulativa única al final de un periodo. Lo segundo solo si hay acuerdo expreso. La factura mensual es más limpia y más fácil de gestionar.

Anticipos y facturas parciales

Si cobras un 30% por adelantado, un 30% a mitad de trabajo y un 40% al final, son tres facturas separadas con sus números correlativos. Cada una con su IVA y retención correspondiente, calculados sobre la base parcial. Importante: no es lo mismo "factura proforma" que "factura de anticipo". La proforma es informativa, la de anticipo es real y declara IVA.

Pago en especie o intercambio de servicios

Si haces un trueque profesional (te doy diseño web y tú me das contabilidad), Hacienda exige facturas cruzadas con el valor de mercado del servicio. No es legal "lo arreglamos sin papeles". Las dos partes facturan, las dos partes pagan IVA y las dos partes declaran ingresos. Es coñazo pero es así.

Devoluciones y rechazos del cliente

El cliente recibe tu factura, descubre un error suyo (datos mal) o tuyo (importe equivocado). Le mandas factura rectificativa, no modificación de la original. Cada factura emitida queda en el sistema y se rectifica con su correspondiente número.

Cómo facturar correctamente productos versus servicios

Algunas particularidades cambian según facturas productos físicos o servicios profesionales. Conviene tenerlas presentes.

Productos físicos

Indicar cantidad y precio unitario. Mencionar referencia del producto si aplica. IVA general (21%) o reducido según tipo de producto. No suele llevar retención de IRPF (es venta de mercancía). Albarán o documento de entrega puede ir separado.

Servicios profesionales

Descripción detallada del trabajo. IVA general 21% (salvo exenciones como formación reglada). Retención de IRPF si el cliente es empresa o autónomo. Importe único o desglose por fases si aplica.

Servicios continuados

Mantenimientos, suscripciones, igualas. Mes a mes con fecha precisa de prestación. Útil indicar el periodo cubierto: "Mantenimiento web mes de mayo de 2026".

Comisiones

Si trabajas a comisión (afiliados, agentes comerciales), es servicio profesional. IVA 21% y retención 15% (o 7% en primeros años). El cliente que te paga es quien genera la comisión, no el cliente final.

Gestión digital y archivo de facturas

Llevamos hablando todo el rato de emitir facturas. Pero tener un sistema decente de archivo y consulta es igual de importante.

Conservación legal

Seis años obligatorios. Aplica también a facturas recibidas de proveedores. Si tienes una empresa con varios años de antigüedad, son muchos archivos. Mejor digital y bien organizado.

Estructura recomendada

Por años: carpeta principal con subcarpetas por trimestre. Dentro, "emitidas" y "recibidas". Numeración clara. Si usas software de facturación moderno, todo esto lo hace automáticamente.

Copias de seguridad

Si pierdes el ordenador y no tienes copia, pierdes tu historial fiscal. Configura sincronización automática con la nube (Drive, OneDrive, Dropbox). Mejor con cifrado.

Acceso por móvil

Tu programa de facturación debería tener app o acceso web responsive. Cuando un cliente te pregunta por una factura antigua estando fuera de la oficina, poder consultarla en segundos da imagen profesional.

Plantillas de descripción de servicios: ejemplos por profesión

El concepto detallado de la factura es algo que la gente pone con prisa. Voy a darte ejemplos buenos por profesión que te puedes adaptar.

Para diseñador gráfico

"Diseño e ilustración de identidad corporativa para [nombre del proyecto], incluyendo logotipo principal, versiones secundarias, manual de marca de 24 páginas y plantillas para redes sociales (cabeceras y posts). Entrega de archivos editables AI y derivados en formatos JPG, PNG y PDF. Tres rondas de revisiones incluidas según presupuesto del 15 de febrero de 2026."

Para desarrollador web

"Desarrollo de tienda online en plataforma WooCommerce con 87 productos cargados, integración con pasarela de pago Stripe, integración con sistema de envíos SEUR, formación de uso al cliente (4 horas) y mantenimiento técnico durante los primeros 30 días posteriores al lanzamiento. Proyecto según contrato firmado el 1 de marzo de 2026."

Para fisioterapeuta

"Diez sesiones de fisioterapia traumatológica de 45 minutos cada una para tratamiento de lumbalgia crónica, realizadas entre el 10 de marzo y el 20 de abril de 2026."

Para consultor

"Servicios de consultoría estratégica fase uno: diagnóstico inicial, análisis de competencia, plan estratégico documentado (45 páginas), tres reuniones de presentación con dirección y email de soporte durante 60 días. Trabajo realizado entre marzo y abril de 2026 según oferta del 28 de febrero."

Para fotógrafo

"Reportaje fotográfico de boda de Pedro y Lucía celebrada el 12 de abril de 2026 en Soria, incluyendo cobertura de preparativos, ceremonia, banquete y baile (12 horas), entrega de 250 fotografías editadas en alta resolución, álbum fotográfico de 30 páginas y galería privada online durante 12 meses."

Para profesor o formador

"Impartición de curso de formación en marketing digital para equipo comercial de la empresa, modalidad presencial, 20 horas distribuidas en 5 sesiones de 4 horas durante el mes de mayo de 2026."

Lo importante es que el cliente pueda justificar el gasto sin necesidad de pedirte más documentación. Cuanto más detalle, menos discusión.

Diferencias entre régimen general y régimen simplificado de IVA

Esto interesa a quien arranca. Algunas actividades pueden acogerse a regímenes especiales de IVA con sus particularidades. Lo resumo.

Régimen general

El estándar. Repercutes IVA en tus facturas, deduces IVA de tus compras profesionales, declaras la diferencia trimestralmente en modelo 303. La mayoría de profesionales liberales y empresas funcionan en este régimen.

Régimen simplificado (módulos)

Para algunas actividades específicas (transporte, comercio minorista, hostelería de pequeña dimensión). Calcula el IVA por módulos predefinidos (metros cuadrados, número de empleados, consumo) en lugar de por facturación real. Se está reduciendo paulatinamente, cada vez menos actividades pueden acogerse.

Recargo de equivalencia

Para comerciantes minoristas que venden a particulares. Pagan un 5,2% adicional sobre el IVA al proveedor en lugar de declarar IVA trimestral. Sistema más simple para minoristas pequeños.

Exenciones

Determinadas actividades están exentas de IVA: enseñanza reglada, sanidad, servicios financieros, operaciones inmobiliarias específicas. Si tu actividad está exenta, no repercutes IVA pero tampoco deduces el de tus compras profesionales.

Mi consejo después de nueve años facturando

La diferencia entre un autónomo que duerme tranquilo y uno que vive con el alma en vilo está casi siempre en estos cuatro hábitos básicos. Si los cumples, tienes el 90% del problema resuelto.

Primero, usa un programa de facturación homologado desde el día uno. No empieces con Word para "ya cambiaré después". El cambio cuando ya llevas cien facturas emitidas es traumático.

Segundo, numera correctamente y nunca saltes números. Si el programa lo hace por ti, mejor.

Tercero, conoce tus tipos de IVA y de retención. Es información básica para tu actividad y la tienes que saber tú, no solo tu asesor.

Cuarto, factura en plazo y guarda copias durante seis años.

Si arrancas ahora, prepárate para el cambio normativo de 2026 con un programa que ya cumpla Veri*factu. Te ahorras un cambio de software en medio año. Si llevas tiempo facturando, este es el momento de pasarte si no lo has hecho ya.

Si necesitas plantillas adicionales, generador online de facturas o ejemplos por tipo de actividad, los tienes disponibles en nuestra biblioteca. Y si tienes una duda concreta sobre tu situación, escríbenos. Llevamos años acompañando a autónomos y pymes en sus primeros pasos de facturación y nos encanta resolver dudas reales. La fiscalidad no tiene por qué dar miedo si la abordas con orden desde el principio.

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Después de todo lo que hemos repasado, esto es lo que yo miraría primero:

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Sobre este articulo: Contenido elaborado para plantillagratis.es. Actualizado 2026-06-12.